¿Cómo proteger su Patrimonio Personal? Consejos para empresarios y emprendedores


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Nadie lleva adelante su negocio pensando que va a fracasar. Ni el autoempleado ni el empresario. ¡Sería absurdo empezar algún proyecto con ese planteamiento! Pero lo cierto es que toda empresa implica RIESGO y si sucediera alguna situación que pueda afectar la continuidad o los activos de la empresa, es importante estar bien preparados para que el efecto no se traslade a los bienes personales de sus propietarios.


Por eso, poca gente se asegura de proteger su patrimonio personal a la hora de crear un negocio. A menudo olvidan separar claramente el patrimonio personal del de la empresa, sobre todo cuando el propietario del negocio actúa también como administrador. Pero es un paso fundamental. Nunca se sabe lo que puede ocurrir.


En la situación actual – esta pandemia – he presenciado casos en los que los pequeños empresarios y algunos con buena estructura financiera, han visto disminuir considerablemente su patrimonio al no poder afrontar el pago de deudas. Incluso, con embargos de bienes de por medio (hablo de su vivienda, su vehículo, etc.) La clave es, separar el riesgo de la persona del de la empresa. Todos los negocios significan un riesgo, una incertidumbre. Formalizar una empresa cuesta tiempo y dinero. Pero, las ventajas a largo plazo son incalculables.


Estructuras jurídicas más utilizadas para protección patrimonial:


Quizá sea difícil blindar completamente su patrimonio personal cuando usted es el propietario de un negocio, pero hay muchos factores que ayudan.  Ahí van:

  • Ser autónomo o Auto-empleado tiene muchas ventajas, sobre todo, que no exige un desembolso inicial. Por eso, para aquellos que estén empezando, lo considero la opción más conveniente y cuando las cosas empiecen a marchar, es mejor crear una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) es una persona jurídica con un patrimonio distinto al de su titular. El titular de la EIRL es siempre una persona natural. El administrador es el titular, quien representa a la EIRL judicial y extrajudicialmente, con todas las facultades de administración y disposición.

  • Constituir una SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada) es una buena opción para una empresa familiar (Esposo – Esposa – Hijos), donde se responde financieramente hasta sus Aportes, cuidando ese sacrificio que está fuera de la empresa. Separar bienes personales y empresariales no siempre es sencillo. El registro del negocio como sociedad de responsabilidad limitada dará un grado de tranquilidad, pero debemos conocer los límites de está protección. Es importante contar con asesoramiento jurídico desde el principio para entender exactamente los riesgos que se corren. No se trata simplemente de poner un matafuego alrededor de nuestras finanzas personales. Hay que conocer y prever los peores escenarios.

  • Actualmente contamos con las EAS (Empresas de Acciones Simplificadas), que es una nueva Personería Jurídica diseñada con un enfoque orientado a los emprendedores; un nuevo tipo societario que permite realizar una actividad lucrativa lícita en forma organizada, participando y asumiendo tanto de los beneficios como las pérdidas resultantes de esta unidad económica. La EAS es una empresa de capital cuya naturaleza será siempre comercial, con independencia de las actividades previstas en su objeto social.

  • Constituir una S.A. (Sociedad Anónima) es otra opción para separar las inversiones que cada persona va realizando, descansando en una estructura legal que garantiza un control más técnico y profesional. Hay emprendedores o empresarios que toman la decisión de constituir una sociedad patrimonial con el objetivo de centralizar y poder conservar los bienes a su titularidad. Sin embargo, igualmente las participaciones del administrador o empresario pueden ser embargables (solo aquellas participaciones a su titularidad) siempre que no se afronte el pago de deudas de las que sea responsable, titular o avalista, y la entidad financiera así lo decidiera.

  • El HOLDING es una forma de organización o agrupación de empresas en la que una compañía adquiere todas o la mayor parte de las acciones  otra empresa con el único fin de poseer el control total sobre la otra empresa. Entre sus muchas ventajas, el holding suele ser utilizado para beneficiarse de los incentivos fiscales, es decir, conseguir pagar menos impuestos. En vez de ser sólo una agrupación de empresas en la que cada uno tendría poder y cada una debería pagar y tributar independientemente, el holding tiene una sede, que es la principal y sobre la que depende el resto de empresas. Por ello, el pago de impuestos es global de la actividad. Además esta estructura permite:
    • Llegar a más sectores del mercado de una forma más fácil.
    • Facilidad para integrarse tanto hacia atrás como hacia delante para obtener el control de todas las partes de la cadena de producción.
    • Elimina los inconvenientes de los grupos de empresas.


Otras consideraciones para precautelar los bienes personales

  • A la hora de pedir un préstamo lo que mejor funciona son los préstamos sin aval. Esto eso es, dar el dinero sobre proyecto, no sobre patrimonio.

  • Si estamos casados y tenemos una familia, una de las medidas para protegernos es la separación de bienes. Bien sean capitulaciones matrimoniales previas al enlace, o separación de bienes posterior; puede hacerse en cualquier momento. ¿Por qué? Sencillamente porque los bienes cuya titularidad esté asignada al cónyuge, o aquellos heredados no pueden embargarse en ninguno de los casos. Se trata de una medida bastante lúcida para preservar ciertos bienes básicos (vivienda habitual, cuenta bancaria, etc). Es cierto que los bienes cuya titularidad sea el empresario o administrador están en riesgo, pero éste disminuye notablemente.

  • Debemos intentar que cada sociedad, según la actividad empresarial que desarrolle, esté individualizada respecto de las demás. Es importante separar actividades empresariales con distinto nivel de riesgo, esto evitará que la empresa que más se expone por su actividad comercial pueda perjudicar el normal funcionamiento de la otra empresa.

Si nada de lo anterior ha funcionado es aconsejable buscar asesoramiento de expertos tan pronto como sea posible, para que nos aconsejen sobre sobre la solución más práctica. Si existe una posibilidad real de que el negocio  sobreviva a sus actuales dificultades financieras y pueda volver a ser rentable, un experto podría ayudarle a llegar a un acuerdo voluntario con los acreedores. 


En nuestro caso, nos dedicamos a comprender, asesorar y resolver las complejidades que comportan los procesos de crisis, al objeto de buscar una salida óptima, tomando en consideración las circunstancias y necesidades de cada empresa.

No importa cuales sean las particularidades de su compañía. Siempre es conveniente parar, sentarse y planificar la forma de proteger su patrimonio. Y créame, cuánto antes, mejor.


José Cárdenas

Socio Gerente

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